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PROPUESTA DE REFORMAS A LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN PARA CREAR EL SERVICIO PROFESIONAL DEL MAGISTERIO

Muévete por la Educación presenta iniciativa

El 23 de noviembre de 2011 integrantes de la Coalición Ciudadana por la Educación presentaron a la Comisión de Educación del Senado de la República la iniciativa que crea el Servicio Profesional del Magisterio.

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Senadores se suman a la iniciativa

El 6 de diciembre de 2011 la presidenta de la Comisión de Educación, Sen. Teresa Ortuño, y el secretario de la misma, Sen. Francisco Castellón, hicieron suya la iniciativa y la presentaron ante el pleno del Senado de la República.

Texto de la iniciativa con proyecto de Decreto publicada en la Gaceta ParlamentariaComunicado conjunto


Texto original propuesto por Muévete por la Educación:

Justificación.

La educación en México está en crisis. Las evaluaciones nacionales e internacionales muestran un sistema educativo incapaz de brindar la enseñanza de calidad que requiere el desarrollo del país. En las condiciones del mundo integrado globalmente, quienes egresan de las escuelas mexicanas carecen de las competencias adecuadas para competir por el empleo especializado, lo que reduce las posibilidades de nuestro país de atraer inversión en áreas intensivas en conocimientos, de generar un desarrollo científico y tecnológico propio que le den ventajas competitivas en las áreas en las que más oportunidades se están abriendo y alejan la posibilidad de que México deje las condiciones de atraso que lo lastran. En resumen, la situación de la educación en México es uno de los obstáculos más grandes para superar la desigualdad, generar oportunidades y brindar calidad de vida a la población.

No es necesario repetir aquí los datos. Son bien conocidos los resultados de los educandos mexicanos en las pruebas PISA e incluso en los autorreferenciales términos de la prueba ENLACE el desempeño resulta alarmante. La población mexicana, sobre todo su infancia, está siendo víctima de un fraude: el sistema educativo nacional, en el que se invierte buena parte de los impuestos que paga la ciudadanía –y que por ley debería ser el 8% del PIB–, no está rindiendo buenas cuentas; ni en lo que se refiere a los resultados evaluables ni en lo que toca al ámbito de su administración: es opaca al grado de que no es posible contar con un verdadero padrón nacional de maestros como manda la Ley General de Educación.

El diagnóstico que ha hecho la Coalición Ciudadana por la Educación llega a la conclusión de que si bien existen múltiples causas del desastre en el que se encuentra la enseñanza en nuestro país, la principal es que el Sistema Educativo Nacional fue privatizado de manera patrimonial por la cúpula del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación desde que en 1944 el Estado lo reconoció por decreto presidencial como sindicato único y le concedió como corporación la gobernación de la educación pública. Con ello dejó en su dirigencia la administración de la carrera de los maestros, de manera que fue el sindicato y no la autoridad educativa el que diseñó y controló el sistema de ingreso, promoción y permanencia de los maestros, lo cual acabó por generar un sistema de incentivos deformados en los que la lealtad y la disciplina sindicales pagaban más que el desempeño profesional, la creatividad, la innovación, la formación y la demostración de resultados. Los profesores quedaron convertidos en clientelas y se rebajó su dignidad profesional a meros empleados de base, mientras que los educandos se convirtieron en simples cifras para cumplir con metas meramente cuantitativas con las cuales mostrar avances en la cobertura y justificar un gasto educativo creciente.

Buena parte de las reglas que han regido la “simbiosis atípica” entre la SEP y el SNTE (llamada así por el Relator Especial sobre el derecho a la educación de las Naciones Unidas), han sido de carácter informal y se reproducen en las relaciones cotidianas entre las autoridades educativas de todos los niveles y las secciones y delegaciones del SNTE. No obstante, también existen normas formales, como la Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la SEP que conservan el modelo establecido en 1946 y le dan enorme capacidad al sindicato corporativo para mantener el control sobre las plazas, las adscripciones y los ascensos, las comisiones y los estímulos. Son reglas formales las que le conceden a la dirigencia sindical injerencia en las evaluaciones que se les hacen a los maestros y en el diseño y la administración de programas como la carrera magisterial –el cual, a pesar de su nombre, no es otra cosa que un sistema de estímulos sin consecuencias sobre el mal desempeño y que, con todo y las reformas recientes, no ha modificado el sistema de incentivos de los maestros.

Así, el SNTE es la representación única de los trabajadores de la educación; cuenta con una afiliación obligatoria del maestro al recibir su plaza; el gobierno recauda en nombre del sindicato las cuotas obligatorias de sus afiliados; los directores, supervisores y personal de apoyo pedagógico son considerados de base y sindicalizados; y se permite que funcionarios de la SEP dedicados a tareas de supervisión y dirección de la política educativa sean miembros del sindicato, asimilando sus usos y costumbres.

El poder de los líderes del sindicato sobre el ingreso de los maestros es enorme. Acorde con la investigadora Silvia Ortega, 92% de los docentes aseguran haber obtenido su plaza gracias al SNTE, a una relación de influencia con la autoridad, o al pago por la plaza. Solo 8% de los docentes declaró haber ingresado al sistema a través de un concurso de oposición. Cabe destacar que el porcentaje que sí concursa, lo hace a través del Examen Nacional de Habilidades y Conocimientos, cuyo diseño y aplicación está en manos de un “Órgano de Evaluación Independiente” compuesto por 70 miembros con una presidencia colegiada SEP-SNTE (en la que cada instancia eligió a 45 miembros) y se declara con “autonomía técnica”. Este órgano “autónomo” decidió fijar la calificación de 3 (en una escala de 0 a 10) como la requerida para poder ser elegible como maestro dentro del sistema de educación básica.

Sobre la permanencia y promoción, la cúpula del sindicato tiene otro gran poder ya que “invariablemente todo movimiento escalafonario se hará con el dictamen previo de la Comisión Nacional Mixta de Escalafón” conformada paritariamente por representantes sindicales y funcionarios de gobierno (sindicalizados) tal y como dice el Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la SEP firmado en el lejano año de 1946 (y que no ha sido modificado). De esta manera, si un maestro quiere acceder a una plaza con mejor salario o mayores responsabilidades, requiere de una hoja firmada por esta Comisión. En esta hoja se miden sus conocimientos, su aptitud, su antigüedad, su disciplina y puntualidad a través de un sistema de puntos en la que la calificación máxima son 2,400 acorde con el Reglamento de Escalafón de Trabajadores al Servicio de la SEP firmado en 1973.

En este sistema hay aspectos, por decir lo menos, curiosos. Por ejemplo, si un maestro cuenta con un certificado de primaria, automáticamente se le dan 100 puntos. Si tiene un título de licenciatura se le otorgan 660 puntos, y 980 puntos en caso de contar con un doctorado; pero existe otra vía para la acumulación de puntos y consiste en atender a tantos “cursos de mejoramiento” sean necesarios para alcanzar 1,080 puntos, sin que tales cursos sean necesariamente los idóneos para los profesores.

A su vez, en los factores de “aptitud” y “laboriosidad” se consideran acciones “sobresalientes y trascendentales de carácter educativo que redunden en beneficio de la formación integral del alumno”; “actividades de carácter extraescolar en pro del mejoramiento de la escuela y la comunidad”; y, de forma destacada, “actividades que fortalezcan y coadyuven al mejoramiento de la vida sindical” (subrayado propio), considerando al trabajo sindical como un criterio a evaluar para determinar la promoción de los maestros. (Art. 93 del Reglamento).

El Reglamento, cuya aplicación es controlada por la cúpula del SNTE, regala 56 puntos si los maestros muestran una “mínima” “calidad y cantidad en el cumplimiento de la labor educacional”; y otros 56 puntos si tienen “insuficiente” “técnica y organización del trabajo”. Asimismo otorga 16 puntos por año de antigüedad hasta cumplir 30 años. Y conceden 48 puntos a los profesores si “pocas veces” muestran “observancia de los reglamentos de trabajo”; “acatamiento de órdenes superiores, fundadas en las disposiciones legales vigentes”; y “exactitud y orden en el trabajo desarrollado”. La sangría no para ahí: el Reglamento dispensa 48 puntos si un maestro sólo asiste entre el 81 y el 85% de las veces al aula. Esto es, si falta 38 días a clases, aún obtiene puntos.

Estos criterios contrastan animosamente con lo siguiente: por “escribir y publicar un libro de texto de enseñanza primaria aprobado por el Consejo Técnico de Educación”, el Reglamento de Escalafón otorga sólo 12 puntos por cada libro escrito y publicado hasta acumular 72 puntos. Por tanto, si un maestro escribe más de seis libros con estas características, se considerará un abuso; pero tener una “mínima” “calidad y cantidad en el cumplimiento de la labor educacional” (56 puntos) o presentar el certificado de primaria (100 puntos), no lo es.

Por supuesto, los líderes del SNTE tienen control sobre los expedientes y los puntajes de los profesores. Con este poder la cúpula del SNTE controla las plazas y su mercado negro; cómo acceden, se mantienen y ascienden los trabajadores de la educación; cómo se realiza la gestión escolar; la carrera magisterial; controla a los supervisados, a los supervisores y a la política educativa.

Para aumentar la calidad de la educación que se imparte en las escuelas de México es necesario involucrar a los maestros y convertirlos en los actores del cambio educativo. Sólo si los maestros dejan de ser tratados como clientelas cautivas del sindicato, que consiguen sus objetivos laborales haciendo militancia y no con resultados en su desempeño, se conseguirá que la enseñanza alcance la calidad que nuestro tiempo demanda. Los maestros deben adquirir la dignidad profesional que implica la importancia de su tarea para el desarrollo del país y la calidad de vida de los mexicanos.

Poner a los maestros en el centro implica reconocerlos como profesionales especializados con un alto nivel de exigencia en su tarea, equivalente a la de los médicos que atienden la salud de la población. Para lograrlo se vuelve indispensable transformar los criterios con los que hasta ahora se ha regido su vida profesional. Las plazas de docentes no pueden ser ya consideradas un botín patrimonial de una organización específica que las distribuye entre sus leales. El único criterio válido para ocupar una plaza de maestro en México debe ser el concurso de oposición, tal como lo es ya en buena parte de las universidades públicas, lo mismo que los criterios de movilidad, promoción y permanencia deben ser de carácter académico y profesional, evaluados de manera transparente y objetiva.

Para acabar con el arreglo heredado del régimen corporativo, y con ello modificar el sistema de incentivos de los maestros para que sean la formación, la capacidad y el desempeño profesional los valores que rijan la carrera de los maestros, es indispensable crear un Servicio Profesional del Magisterio que agrupe gradualmente a la totalidad de los profesores, directores de escuela, supervisores, jefes de departamento y demás personal encargado directamente de la docencia y su organización. El ingreso al Servicio Profesional del Magisterio se haría por riguroso concurso de oposición, lo mismo que la ocupación de plazas de director, supervisor o jefe de departamento. El sistema de promoción estaría regido por comisiones dictaminadoras equiparables a las existentes en las universidades, sin intervención sindical y con participación de los colegios profesionales del magisterio de cada Estado, integrantes del Servicio nacional.

La creación del Servicio Profesional del Magisterio debe hacerse desde la Ley General de Educación, de manera que quede incluido como una de las partes integrantes del Sistema Educativo Nacional y se establezcan los términos generales de su papel. Para ello serían necesarias reformas precisas a algunos artículos de la LGE, de manera que la organización puntual del servicio fuera materia reglamentaria como lo son hoy las condiciones generales de trabajo que rigen la carrera de los maestros y otorgan al SNTE el control.

Las reformas que proponemos coinciden en buena medida con la minuta de reformas a la Ley General de Educación enviada por el Senado de la República el pasado octubre a la Cámara de Diputados, que plantea la inclusión de una fracción I Bis al artículo 12 para “Establecer, bajo el principio de transparencia, los mecanismos de ingreso y promoción a la labor docente, con base en la evaluación de conocimientos, habilidades, capacidades, destrezas y, en su caso, desempeño profesional frente a grupo”; sin embargo consideramos que la creación de un Servicio Profesional del Magisterio sería un mecanismo integral para regular la carrera de los profesores y para hacer de la labor docente una tarea de Estado, digna y responsable, sin injerencias corporativas.

 

Las reformas que proponemos son las siguientes:

Artículo 10.– (...)

Constituyen el Sistema Educativo Nacional:

I.– Los educandos

II.– El Servicio Profesional del Magisterio

(...)

Artículo 12.–

(...)

VI.– Regular el Servicio Profesional del Magisterio como un sistema nacional de carrera magisterial que integre los procesos de ingreso, promoción, permanencia, formación continua, actualización y superación profesional para los maestros de educación básica.

VII.– Realizar evaluaciones para certificar que los educadores y autoridades educativas tengan los conocimientos y aptitudes necesarios para llevar a cabo las tareas de enseñanza y para relacionarse con los educandos y que su trato corresponda al respeto de los derechos consagrados en la Constitución, los Tratados Internacionales ratificados por el Estado Mexicano y demás legislación aplicable de las niñas, niños y adolescentes.

Artículo 21.–

El Educador es promotor (...)

Para ejercer la docencia en instituciones establecidas por el Estado, por sus organismos descentralizados y por los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios los maestros deberán obtener la certificación de conocimientos y aptitudes expedida por el Instituto Nacional de Evaluación Educativa. Para ejercer en los centros del sistema educativo nacional, los maestros deberán ingresar por concurso de oposición al Servicio Profesional del Magisterio, de acuerdo con los requisitos establecidos en el reglamento correspondiente. En cada entidad federativa, los maestros pertenecientes al Servicio Profesional integrarán un Colegio Profesional del Magisterio, encargado de los procesos de promoción y permanencia de acuerdo con los criterios de categoría y nivel que el reglamento establezca. Las plazas de directores, supervisores y jefes de departamento académico en todo el sistema educativo nacional serán ocupadas por concurso de oposición por integrantes del Servicio Profesional del Magisterio.

(...)

(...)

El Servicio Profesional del Magisterio otorgará reconocimientos, distinciones, estímulos y recompensas a los educadores que se destaquen en el ejercicio de su profesión, además de establecer mecanismos de estímulo a la labor docente con base en la evaluación. Las autoridades educativas realizarán actividades que propicien mayor aprecio social por la labor desempeñada por el magisterio.

 

En disposiciones transitorias se deberán establecer las condiciones de incorporación de los maestros actualmente en funciones al Servicio Profesional del Magisterio y la derogación de los sistemas actuales de escalafón y estímulos, incluida la llamada carrera magisterial, en el entendido de que no se aplicarán sus normas de manera retroactiva, pero que toda nueva plaza o vacante de maestro, director, supervisor o jefe de departamento académico se ocupará de acuerdo a los criterios de concurso de oposición a partir de la entrada en vigor de las nuevas normas.

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