Hoy hablaremos del Registro Mercantil de México, lo cual es un concepto muy importante conocer, debido a que está muy relacionado con Registro de la Propiedad. Se puede definir al Registro Mercantil como una institución oficial que está encargada de gestionar publicidades sobre los individuos, físicas y jurídicas, las cuales se encuentran interviniendo en el tráfico mercantil.
Asimismo, por esto se deben inscribir los actos de todos los empresarios, así sean individuales o sociedades, de manera que se den a conocer por las personas que vayan a contratarlos, ya sean proveedores, bancos o cualquier otro individuo. También podrían ser contratados por inversores o accionistas y entidades públicas que estén relacionadas como la Seguridad Social.
La organización que tiene el Registro Mercantil es muy parecida a la que posee el Registro de la Propiedad. Cabe destacar que, los Registradores Mercantiles y de la Propiedad son los mismos, debido a que tienen en común el colegio y pasan de un Registro Mercantil a un Registro de la Propiedad tomando en cuenta los concursos internos que se dan. Asimismo, la demarcación territorial de los mercantiles, estando existentes solo uno por cada provincia (sin embargo, puede haber diferentes registradores adscritos al mismo).
¿Qué tienen en común el Registro Mercantil y el Registro de la Propiedad?
La manera de financiarse es idéntica al de la Propiedad, la cual no es tomada por el Presupuesto Público, sino por cuenta del usuario de dichos servicios; esto puede llevar a una confusión en cuento a la naturaleza de ambos Registros, porque tienen muchas similitudes entre sí.
Cuando en los Registros de la Propiedad la finca registral eral el eje central, ésta abría folio, en el Mercantil el eje central lo es el empresario, el cual es aquel que se encarga de abrir folio en el Registro en donde se encuentre ubicada la sede social o donde esté ubicada la sucursal las diferentes sociedades extranjeras que necesiten de la misma en México.
Actualmente, esto no es así, se abren hojas registrales, se equipan al empresario de las instituciones de cualquier inversión de tipo colectiva, a las sociedades de garantía, agrupaciones que tengan algún interés económico, entre otros.
Para poder cambiar los datos en el Registro Mercantil, a excepciones de algunos, se necesita de algún documento público, al igual que sucede en el de la Propiedad; por consiguiente, comparten los mismos principios de funcionamiento, a excepción el de obligatoriedad, el cual es parte del Mercantil.
Aquellos que tienen similares ambos son la prioridad (donde el documento que tiene preferencia es el que primero llega), legalidad (donde es importante cambiar el registro para poder inscribir un acto que vaya a contradecir lo que se encuentra ya inscrito), el tracto sucesivo (donde no se pueden gestionar saltos lógicos en cualquiera de las inscripciones) y el de la publicidad.
Consideraciones importantes a seguir del Registro Mercantil
Si nos encontramos en una sociedad que no hace las debidas inscripciones en el Registro Mercantil, nos estamos adentrando a un mundo denominado sociedad irregular.
Si cualquier individuo desea disfrutar de los beneficios que nos proporcionan las diferentes sociedades mercantiles (como, por ejemplo, la responsabilidad al capital que está limitada), es obvio que se debe de cumplir con las debidas obligaciones en el momento de informar. Si no se cumplen dichas obligaciones, no podrá optar por los beneficios del mismo.
Al igual que los que se encuentran inscritos y no cumplan con esas obligaciones de dar determinadas informaciones, como depósitos de cuentas, el Registro Mercantil procede a cerrar la hoja registral. Lo mismo pasa con los inscritos que no se adapten en el plazo de modificaciones de normativas. Esto puede traer complicaciones en la actualidad, debido a que impiden que se escriban nuevos actos, como, por ejemplo, cuando se nombran nuevos administradores; exceptuando algunos casos concretos.
Los Registros Mercantiles se tienen que encargar de la legalización de los libros de los empresarios, auditores de cuentas, nombramientos de expertos, depósito y publicidad de las cuentas del año. La publicidad y la centralización de todo esto, se acomete mediante el Registro Mercantil Central.
Para concluir, debemos de recordar que el Registro Mercantil es de tipo público, es decir, tenemos el derecho de entrar y acceder a cualquier información que se encuentre contenida a él, con un debido pago previo. Puede ser presencialmente o por medios telemáticos.
En algunos casos, podemos acudir a informarnos primero, por una obligación legal, para actos específicos, como, por ejemplo, la conservación de denominación social para las diferentes sociedades en constitución y, en otros, solamente a efectos informativos, como lo es el examen de las cuentas en el año por algún proveedor.
El objetivo es de incluir la seguridad, garantías, en las diferentes relaciones del Registro Mercantil, introduciendo transparencia, publicidad y en lugar de esto, poseer diferentes ventajas, de probabilidades, a los que desean asumir el compromiso informativo y estén dispuestos a eso.