El Fondo de Restructuración Ordenada Bancaria (FROB) aparece cuando empezó la crisis en España; preparando un mecanismo que ayudaría a las entidades financieras a nivel nacional, mediante el FROB. A continuación se hablará un poco hacer de esta figura:

 

Este es un fondo que fue creado al amparo del RDL 9/2009, con la finalidad de mejorar y reforzar los fondos que tienen las entidades financieras, además de gestionar todos los procesos de restructuración de las finanzas en España. Este instrumento fue aprobado luego de la intervención de Caja Castilla la Mancha. Sin embargo, finalizando el año de 2009, el fondo no había hecho ninguna operación para reforzar e intervenir de parte de alguna entidad financiera española.

 

¿Cuáles son las funciones y estructura de capital del FROB?

El Fondo de Restructuración Ordenada Bancaria tiene dependencia directa con el Ministerio de Economía y se encuentra conformado en su consejo por ocho Consejeros. Cinco de esos Consejeros fueron nombrados por la actual ministra de Economía con la propuesta hecha del Banco de España. Los otros tres Consejeros fueron nombrados por cada uno de los Fondos de Garantía de Depósitos.

 

El principal objetivo del FROB es prestar el soporte económico necesario a las entidades de finanzas que dirige el Banco a través de una serie de fórmulas:

 

  • Las entidades afectadas gestionan directamente a través del personal que ha sido nombrado por el Banco de España para la realización de la restructuración bancaria. Este mismo personal es el que sustituye a los antiguos Consejos de Administración.
  • Las entidades financieras refuerzan y recapitalizan, con el objetivo de poder tener la adquisición de participantes preferentes, cuotas participativas, preferentes convertibles o las entradas que son directas de capital de dichas entidades que necesiten de ese apoyo.
  • La actividad financiera que hay en los diferentes mercados financieros, con el fin de poder recibir y otorgar algunos préstamos, realizar algunas emisiones para deudas o alguna otra fórmula que se pueda utilizar para las deudas y que tenga la capacidad de captar los recursos ajenos.

 

Existe un límite principal para poder captar los recursos ajenos, la cual ha sido fijada en tres veces su patrimonio. Dicho límite se extendió a nueve veces el patrimonio del Fondo de Restructuración Ordenada Bancaria desde el 01 de enero de 2010. Para tener una visión más clara, el FROB logra emitir las deudas y contratar los préstamos a través de otras entidades distintas de hasta 90.000 millones de euros. Cabe destacar que, este instrumento tiene un aval del Estado de España para realizar todas las operaciones financieras que éste vaya a realizar.

 

Desde el punto de vista fiscal, el FROB se puede comparar con los Fondos de Garantía de Depósitos, tomando en cuenta que tiene una expansión plena en el impuesto de las sociedades y una para las cuotas devengadas o que se encuentran en soporte de todos los impuestos que son indirectos. Un ejemplo de esto es el IVA, principalmente.

 

 

¿Cuál es el presente y el futuro del FROB?

La figura del Fondo de Restructuración Ordenada Bancaria es relativamente anómala en lo que cabe del ordenamiento jurídico que ha sido dado, el cual se le ha puesto un carácter de entidad denominado como semiprivada. En esta, no se aplican las leyes que se encuentran rigiendo la organización y la funcionalidad de la Administración del Estado, éstas no se encuentran sujetas al régimen de presupuesto, el monitoreo de las gestiones de los Organismos que se encuentran asociadas al estado o son públicos y debe de obedecer algunas normales propuestas de la fiscalización del Tribunal.

 

Cabe destacar que, tomando en cuenta esta situación jurídica que se torna un poco confusa, el FROB debe de tener una autorización dada por la Comisión Europea, ya sea en límite temporal, que hoy en día ha sido fijado hasta el 30 de junio de 2010 con la probabilidad de alguna prórroga tal cual como lo es en la remuneración mínima que obtiene dicha figura en las supuestas intervenciones y rescates que dan las entidades financieras. Todo esto fijando a las remuneraciones a través de cuantías que son fijas y variables que se encuentran sujetas a resultados o tipos de interés del mercado para lograr que este instrumento desaparezca temporalmente.

 

Luego de esto, el FROB comienza a invertir en algunas entidades financieras a través de operaciones realizadas en el mes de marzo. Estos apoyos dados se materializaban a través de la suscripción por el Fondo de Restructuración Ordenada Bancaria de participaciones preferentes que se pueden convertir en cuotas participativas.